La sala 2ª de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional resolverá mañana el recurso contencioso administrativo interpuesto hace dos años por el Forum de Política Feminista, la Asociación Feminista Leonesa Flora Tristán y la Asociación de Ayuda a Mujeres Víctimas de Agresiones Sexuales y Violencia Doméstica ADAVAS, representadas por la abogada Consuelo Abril, contra la omisión den el Proyecto de ley de Presupuestos del estado para 2008 del Informe de Impacto de Género que según el artículo 19 de la Ley de Igualdad de 2007, presentada por el propio Gobierno, debe acompañar a todos los Proyectos de ley, de reglamento y de plan de especial relevancia económica o social.
Según las recurrentes, a quienes apoyan otras 33 asociaciones de mujeres, la resolución de la Audiencia Nacional es importante no tanto para mejorar la contribución a la igualdad entre mujeres y hombres del Presupuesto del Estado para 2008, que ya está cerrado, sino para el año 2010 y los venideros. Si bien en 2009 y 2010 el Gobierno sí ha adjuntado a los Presupuestos del estado sendos Informes de Impacto de Género, en julio de 2009 ha dictado el Decreto 1083/2009 cuya disposición adicional 2ª excluye a la Ley de Presupuestos de la aplicación del artículo 19 de la ley de Igualdad, lo que ellas impugnan porque un reglamento no puede desvirtuar los preceptos generales de una ley, y porque tanto Naciones Unidas como la Unión Europea están poniendo en marcha programas justamente para normalizar el análisis del impacto de los Presupuestos de los Estados miembros en la igualdad de género, al punto de que en la UE se está trabajando en una norma obligatoria en este sentido.
Las Plataforma Impacto de Género Ya considera que dejar, como hace la Disposición Adicional 2ª del Decreto 1083/2009, al albur de una instrucción que cada año elabore el Ministerio de Economía y Hacienda, la realización del Informe de Impacto de cada Ministerio, la seguridad Social etc es condenar a la chapuza e ineficacia su la realización previa y evaluación posterior, que requieren una metodología homogénea y constante, como ha hecho la junta de Andalucía, que ha asumido esta herramienta de transversalidad de sus políticas desde 2003.
Según las recurrentes, a quienes apoyan otras 33 asociaciones de mujeres, la resolución de la Audiencia Nacional es importante no tanto para mejorar la contribución a la igualdad entre mujeres y hombres del Presupuesto del Estado para 2008, que ya está cerrado, sino para el año 2010 y los venideros. Si bien en 2009 y 2010 el Gobierno sí ha adjuntado a los Presupuestos del estado sendos Informes de Impacto de Género, en julio de 2009 ha dictado el Decreto 1083/2009 cuya disposición adicional 2ª excluye a la Ley de Presupuestos de la aplicación del artículo 19 de la ley de Igualdad, lo que ellas impugnan porque un reglamento no puede desvirtuar los preceptos generales de una ley, y porque tanto Naciones Unidas como la Unión Europea están poniendo en marcha programas justamente para normalizar el análisis del impacto de los Presupuestos de los Estados miembros en la igualdad de género, al punto de que en la UE se está trabajando en una norma obligatoria en este sentido.
Las Plataforma Impacto de Género Ya considera que dejar, como hace la Disposición Adicional 2ª del Decreto 1083/2009, al albur de una instrucción que cada año elabore el Ministerio de Economía y Hacienda, la realización del Informe de Impacto de cada Ministerio, la seguridad Social etc es condenar a la chapuza e ineficacia su la realización previa y evaluación posterior, que requieren una metodología homogénea y constante, como ha hecho la junta de Andalucía, que ha asumido esta herramienta de transversalidad de sus políticas desde 2003.
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